La iniciativa legislativa que plantea cambios sustanciales en el mecanismo de la revocatoria, segun el primer vicepresidente del Congreso, Marco Falconí (GPPP), junto a los presidentes del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) Francisco Távara, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Mariano Cucho y Jorge Yrivarren, del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (RENIEC).
Falconí explicó, en conferencia de prensa, que este proyecto fue elaborado en forma consensuada por los tres organismos electorales y tiene por finalidad sustituir la ley Nº 26300, Ley los Derechos de Participación y Control Ciudadano.
“Felicito a los jefes del sistema electoral por trabajar en conjunto y de esta manera fortalecer la institucionalidad del país, así como la integración del Congreso”, expresó el primer vicepresidente del Parlamento.
Entre las características fundamentales de este proyecto resalta que se mantenga un 25 % de las firmas de adherentes, pero sin el tope que había de 400 mil firmas para Lima. Es para todo los casos de consulta popular a nivel nacional.
La norma plantea que los promotores de revocatorias deben residir en el lugar en el que presenten este recurso en contra de la autoridad municipal o el gobierno regional. Además, estar incluidos en el padrón electoral que sirvió para el último proceso de elección de autoridades.
Otra propuesta señala que la ONPE se encargará de la fiscalización de los gastos en los que incurran los impulsores o promotores, así como las autoridades sometidas a consulta popular.
El Reniec estará a cargo de la verificación biométrica, es decir, a través de las huellas dactilares de los firmantes o pobladores residentes del lugar. La propuesta incluye una fórmula abierta pero sometidas a una debida fundamentación pública.
Asimismo, las causales de vacancia, suspensión o ilícito penal no pueden ser invocadas como fundamentación de consulta popular de revocatoria. La norma propone revocar a las autoridades locales como el presidente regional, consejo regional, alcaldes, concejo municipal y juece, cuando proceden de elección popular.
Actualmente, para revocar a una autoridad se requiere la mitad más uno de los votos válidos y que asista a las urnas por lo menos un 50 % de los electores hábiles del padrón electoral.
Igualmente, la iniciativa plantea que un 25 % de firmas para solicitar la consulta popular se generalice a todas las circunscripciones y no proceda con menor cantidad.
El proyecto también propone que la consulta de revocatoria tenga un calendario fijo y que el acto de sufragio se realice el primer domingo del tercer año del mandato de las autoridades.
Por su parte, Francisco Távara, presidente del JNE, dijo que la propuesta introduce cambios sustanciales al mecanismo de la revocatoria con el fin de perfeccionarla.
El jefe de Reniec, Jorge Yrivarren, señaló, por su parte, que en base a la experiencia de los tres organismos electorales se ha desarrollado un proyecto democrático que busca el beneficio de la sociedad peruana.
Finalmente, Mario Cucho, jefe de la ONPE dijo la norma contiene aspectos analizados profundamente por expertos para el control de los recursos financieros de los autoridades y los partidos políticos.
Fuente: Generación
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