La ordenanza 1599 de la Municipalidad de Lima,señala que los cobradores de transporte público ya no podrán llamar a los pasajeros; en caso incumplan la norma serán sancionados con una multa de S/. 365.00, monto equivalente al 10% de una UIT.
Además, estarán obligados a recoger a pasajeros con discapacidad, adultos mayores, universitarios y escolares, de lo contario, se les multará con S/. 720.00. El maltrato verbal o físico a los usuarios del servicio de transporte también implicará una multa de S/. 3,650.
Fuente: 24 Horas
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