Jorge Barata, fue excluido de la investigación preparatoria relacionada a la concesión de la carretera Interoceánica, en donde era procesado por colusión.
La decisión fue tomada por el juez Richard Concepción Carhuancho, titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, tras escuchar las posiciones del fiscal Hamilton Castro, jefe del equipo del Ministerio Público para el Caso Lava Jato; el procurador ad hoc Jorge Ramírez y el abogado de Barata, Luis Bramont Arias.
Al sustentar su decisión, el juez afirmó que su despacho considera que Jorge Barata fue incorporado “indebidamente” a la investigación por la Interoceánica.
“Conclusión: si es viable jurídicamente excluir a un investigado de una investigación preparatoria cuando su incorporación ha sido indebida, sin que ello signifique archivo”, aseveró.
“Se va a disponer el levantamiento de todas las medidas cautelares que pesan en su contra solo en este proceso a fin de no afectar el normal desenvolvimiento de la colaboración eficaz”, señaló más adelante al dar lectura sobre su decisión respecto a Jorge Barata.
Recordó además que el Nuevo Código Procesal Penal señala que las declaraciones de un colaborador eficaz serán utilizadas en la medida que apunten a la obtención o concesión de un beneficio a favor del mismo. “No se podrán utilizar las declaraciones de un colabora eficaz cuando dicho relato pueda ocasionarle un perjuicio”, apuntó.
Además, según el juez en este caso se puede aplicar la analogía de dos normas en las que se indica que si la colaboración eficaz es rechazada por el juez, los relatos no pueden ser usados para la persecución penal del colaborador.
Sin embargo, precisó que no hay impedimento para que el procesado pueda más adelante regresar como investigado en la medida que no se arribe a una aprobación del acuerdo final como colaborador eficaz.
El fiscal Hamilton Castro se expresó conforme con la decisión del juez, al igual que el abogado de Barata. Mientras tanto, el procurador ad hoc anunció que presenta recurso de apelación.
Durante su intervención, el fiscal Castro aclaró que la Primera Sala de Apelaciones declaró este mes fundado el recurso de excepción que interpuso la defensa de Barata a fin de que se declare prescrito el delito de tráfico de influencias en calidad de cómplice por el que era también investigado. Por ende, el juez Concepción Carhuancho solo se pronunciará por el caso de colusión que también se le imputa.
“Esto que pretende el Ministerio Público no es un archivo, porque el señor Barata está procesado, está en un proceso especial de colaboración eficaz, donde se va a discutir la pretensión punitiva y es allí donde debe dilucidarse la suerte del colaborador. En caso de una denegatoria, cosa que el Ministerio Público no espera, espera que esta colaboración prospere, en ese supuesto negado, la fiscalía […] podría formular cargos contra el señor Barata, naturalmente no con lo que él declaró, sino con otros elementos”, dijo el fiscal Hamilton Castro.
Incluso, indicó que Barata podría regresar a la investigación preparatoria si el proceso de colaboración eficaz no prospera.
Por su parte, el procurador Ramírez consideró el pedido de la fiscalía como inoportuno y consideró que una medida así causaría agravio para el Estado. Informó además que hasta el momento la procuraduría ha cuantificado que la reparación civil para el Perú sería de cerca de S/ 200 millones.
“Si es excluido, Odebrecht va a presentar la exclusión de proceso penal. ¿Y a quién le vamos a cobrar la reparación civil? Por estos argumentos, solicitamos se declare improcedente el pedido de la fiscalía con el respeto que me merece el fiscal”, expresó el procurador ad hoc.
A su turno, Bramont sostuvo que estaba de acuerdo con el pedido fiscal, pues manifestó que la situación jurídica de su defendido se va a decidir en el proceso de colaboración eficaz. Asimismo, indicó que Barata sí pagará una reparación civil en concordancia con la procuraduría.
Fuente: El Comercio
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