El Jurado Nacional de Elecciones rechazó el pedido de nulidad interpuesto por la alcaldesa Susana Villarán contra el procedimiento que se siguió para ejecutar la revocatoria.
El colegiado consideró que el haber omitido los nombres y apellidos de las autoridades a ser revocadas no constituye motivo de nulidad.
También indica que no existe ninguna ley que señale que debe comunicarse a las personas involucradas los fundamentos presentados por los promotores de la revocatoria, con el fin de que pudieran hacer sus descargos.
En cuanto al cuestionamiento de Villarán respecto a que no se le notificó debidamente la resolución de revocatoria, el JNE manifiesta que se cumplió con la formalidad a través del Diario El Peruano y que también lo dio a conocer en la página web institucional.
Afirma, además, que en este documento se precisan las normas vigentes para la consulta popular que se efectuará el 17 de marzo próximo. Entre ellas, los reglamentos de propaganda electoral, publicidad estatal, acreditación de personeros, y observadores electorales.
En la Municipalidad de Lima, el presidente de la comisión de Asuntos Legales, Marco Antonio Zeballos, dijo que la resolución “se encuadra en el conjunto de yerros en los que ha venido incurriendo el JNE respecto al proceso de revocatoria”.
Anotó que la entidad electoral se contradice al decir que el recurso de la alcaldesa es infundado pero al mismo tiempo acepta que no había individualizado a las personas materia de consulta, como es de rigor.
“Hoy evaluaremos qué acciones vamos a tomar sobre la resolución del JNE”, anunció.
Fuente: La República
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