Debate sobre proyecto de Nuevo Código Penal

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El pleno del Congreso discutió, el proyecto de ley que propone la creación de un nuevo cuerpo normativo. La medida es vista como necesaria debido a los cambios en materia jurídica que ha habido en un cuarto de siglo. “La jurisprudencia ha sobrepasado los criterios que tenía el Código anterior. Hay muchas leyes especiales que se han dado en este ínterin”, manifestó el abogado penalista Fernando Ugaz a una estación local.

El presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, Juan Carlos Eguren, expuso ante el pleno algunas de las modificaciones que el proyecto propone frente al documento de 1991. Por ejemplo, mencionó “la imprescriptibilidad de crímenes internacionales”. Asimismo, indicó que se ha agregado que la expulsión de extranjeros se dé después de cumplida la pena. Eguren también comentó que se han añadido los principios de custodia pospenal y medidas de vigilancia. “Custodia pospenal implica que la persona podrá seguir siendo recluida terminada la pena establecida”, refirió. La medida de vigilancia consiste en que, una vez cumplida la pena, el sujeto pueda seguir siendo vigilado. Estas figuran se aplicarían en casos de crímenes graves, como terrorismo. El presidente de la Comisión informó que se han incorporado circunstancias agravantes en casos como actuación mediante organización criminal.

El presidente del Consejo de Ministros, Pedro Cateriano Bellido, convocó a una conferencia de prensa en la que pidió hacer una reflexión “argumentada, rigurosa y técnica” a los congresistas frente al proyecto de ley que modifica el Código Penal, aprobado por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República.

Cateriano estuvo junto a los titulares de Justicia, Aldo Vásquez; del Interior, José Luis Pérez Guadalupe; de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Marcela Huaita; y del Ambiente, Manuel Pulgar-Vidal.

Guadalupe expresó su preocupación sobre la modificación y la rebaja de penas que contiene el proyecto y que en su opinión se merece un debate responsable y profundo por parte del Congreso de la República, especialmente en temas que afectan a la seguridad ciudadana.

Destacó algunos puntos preocupantes como la propuesta relacionada al homicidio en condición de la víctima, pues en la última modificación del DL 1237, a quien asesinaba a un miembro de la PNP, FF.AA., magistrado, fiscal, autoridad elegida y otros, se aplica una pena no menor de 25 ni mayor de 35 años; el nuevo proyecto propone una pena de 20 a 35 años.

En el caso de lesiones graves seguida de muerte en caso de autoridades, la pena es de 15 a 20 años, sin embargo ahora sería de 12 a 15 años. “Las modificaciones que se han hecho hace poco se han vuelto a modificar y eso nos preocupa”, expresó el ministro.

En cuanto al delito de violencia y resistencia a la autoridad el proyecto disminuye la pena en la modalidad agravada, cuando la víctima es un funcionario, policía, autoridad elegida, entre otros, de 8 a 12 años, proponiendo rebajarla de 6 a 12 años. En este aspecto las personas condenadas que cumplen pena efectiva podrían solicitar la adecuación de pena y salir en libertad.

En el tema de delito de terrorismo en la modalidad de afiliación terrorista, la pena mínima pasa de 20 a 15 años, mientras que en el caso de conspiración terrorista el proyecto propone disminuir la pena de 15 a 20 años por la de 5 a 10 años.

Pérez Guadalupe también ha alertado sobre la reducción de condena para los delitos de “chuponeo” o interferencia de las comunicaciones. La pena era de 5 a 10 años. Ahora, en el nuevo Código Penal, se propone rebajarla a 4 a 6. Sobre el tema de difusión de material “chuponeado”, el abogado penalista Mario Amoretti señaló que si se hace una interferencia telefónica y alguien difunde, la pena será de hasta 5 años. Esto no estaba en el Código Penal.

El titular de Justicia, Aldo Vásquez, se detuvo en el análisis de la proporcionalidad de las penas, frente a delitos gravísimos como el de genocidio. En el proyecto actual contempla penas de entre 20 y 35 años, que resulta benévola frente al delito de sicariato agravado, que supone cadena perpetua.

Así como en el caso de genocidio, el delito de tortura contempla penas de 5 a 10 años, mientras lesiones leves agravadas alcanzan los 14 años. El abandono de un menor supone penas de 2 a 3 años, mientras la misma exposición para un animal doméstico llega a 4 años.

Marcela Huaita sostuvo que la Ley 30364 reconoce el interés superior del niño y la niña en casos de violencia; sin embargo, la última propuesta penal sobre faltas contra la persona solo aumenta la pena si la víctima es menor de 14 años, dejando desprotegidas a las víctimas cuyas edades estén entre 14 y 18 años.

Fuente: Peru.com

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