Congreso modificará artículos sobre vacancia y mandato presidencial

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La comisión de Constitución hizo estas modificaciones luego que el mandatario Martín Vizcarra anunciara que presentará una cuestión de confianza ante el Parlamento.

La comisión de Constitución, que preside Rosa Bartra, aprobó por unanimidad la modificación los artículos 112 y 113 de la Carta Magna relacionado con el mandato y vacancia presidencial, respectivamente.

En cuanto al artículo 112, inicialmente solo indicaba: “El mandato presidencial es de cinco años, no hay reelección inmediata. Transcurrido otro período constitucional, como mínimo, el expresidente puede volver a postular, sujeto a las mismas condiciones”.

Ahora, se le añade esta indicación: “No podrá postular de manera inmediata a la presidencia de la República el ciudadano que, bajo cualquier título, conforme al artículo 115 de la Constitución, hubiera ejercido la presidencia”.

Sobre el artículo 113, en el numeral 2, en un principio señalaba: “La presidencia de la República se vaca por: su permanente incapacidad moral o física declarada por el Congreso”.

Ahora, se presenta así: “La presidencia de la República vaca por: su permanente incapacidad moral o física, declarada por no menos de los dos tercios del número legal de miembros del Congreso”, es decir, se necesitaría 87 votos para vacar al jefe de Estado.

Fuente: Andina

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