Cambio en cálculo de la CTS sería inconstitucional

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procuradoria-politicosperuEl Pleno del Congreso aprobó un proyecto de ley que incrementa el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para los los trabajadores de EsSalud que pertenecen al régimen laboral del Decreto Legislativo (DL) 276. Esto representará un gasto adicional de S/700 millones en los próximos tres años para esta institución, según sus cálculos.

El motivo del alza presupuestal radica en un nuevo método para determinar la CTS. Ahora, se calculará en base al 100% del ingreso percibido, que tiene dos componentes: la remuneración principal y la bonificación por productividad.

“El régimen 276 está compuesto por trabajadores entre los 60 y 65 años. El cálculo [de los S/700 millones] sale de la proyección de los que se retirarían [en los próximos tres años]. En el 2018, se estarían retirando, aproximadamente, 3.941 personas”, explica Publio Maldonado, gerente central de Gestión Financiera de EsSalud.

La escala salarial de EsSalud mantiene dos conceptos: remunerativo (sueldo mensual base) y no remunerativo (bonificaciones).

El primero se usa para el cálculo de la CTS, las aportaciones a EsSalud, las horas extras, entre otros. Y sobre esta base, se calcula posteriormente los bonos no remunerativos, como el de productividad.

“Los bonos no remunerativos son establecidos por la propia institución. No entran en el cálculo de la CTS porque son variables”, explica Maldonado.

Ahora bien, si un trabajador recibe un bono de manera constante, este monto se convierte de alguna manera en su sueldo fijo. Si exigiera que se le reconozca este bono como parte de su sueldo base, la ley se volvería discriminatoria, pues no alcanzaría para todos los trabajadores, afirma Maldonado.

Siendo este el panorama, para Jorge Toyama, laboralista, y Germán Lora, socio del estudio Payet, el Congreso no debería resolverlo con una ley, sino acudir al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para evaluar los cambios en la distribución del presupuesto.

“Como [el Estado] no ha tenido nunca mucho presupuesto, lo que ha hecho es crear conceptos (bonos, gratificaciones) que acompañan al sueldo básico. Sin embargo, esas bonificaciones no inflan tu liquidación de beneficios sociales […] Podrías encontrar entre 50 y 70 formas distintas para el cálculo de la CTS en el régimen 276”, asegura Toyama.

Por su lado, la presidenta de EsSalud, Fiorella Molinelli, afirmó que los S/700 millones mencionados se sumarían a la deuda de S/3.800 millones que mantienen empresas privadas y públicas con Essalud.

“Se va a afectar la construcción de hospitales de Chimbote, Puno, Cajamarca y Piura. También están en juego los 14 hospitales declarados en emergencia […] Nosotros no recibimos ni un sol del tesoro público. Esta ley pone en riesgo la situación de 11 millones de asegurados”, aseguró Molinelli.

Agregó que la entidad tiene ya recursos comprometidos para el pago de sus pensionistas y el mejoramiento de la situación laboral de sus trabajadores. Esto último asciende, aproximadamente, a S/1.000 millones en los próximos tres años.

En contraparte, de acuerdo a la congresista Alejandra Aramayo, del partido Fuerza Popular (que presentó el proyecto), estas deudas se deben a los “malos manejos que ha tenido EsSalud”, por lo que exigió que el gobierno exhorte a la Sunat pagar los S/471 millones que le debe. Además, argumentó que la modificación es justa, ya que se utiliza el mismo método para los trabajadores del régimen laboral en el Decreto Legislativo 728.

“Son regímenes distintos por naturaleza, son tratos diferenciados entre trabajadores. El ejemplo más claro es la gratificación y aguinaldo: sueldo completo para los de 728 y S/300 para sector público general. Si quieren igualdad, creen un régimen único, como la Ley Servir, donde nadie quiere estar”, afirmó al respecto Lora.

Trou explica que la caída de lácteos (que sería de 4% este año) se dio, además del efecto del caso Pura Vida, por la contracción económica y, por ende, menor frecuencia de compra y búsqueda de sustitutos.

Para Toyama, Molinelli y Lora el proyecto es inconstitucional, pues el Congreso no puede aprobar normas con iniciativa de gasto (S/700 millones en este caso).

Asimismo, Toyama afirma que el Congreso está legislando para un grupo muy reducido de trabajadores, cuando el espíritu de las leyes debe ser general.

Se genera, así, un riesgo por la posibilidad de que trabajadores de otras entidades estatales que se encuentren en el mismo régimen, empiecen a exigir una medida igual en sus centros de trabajo.

Fuente: Andina

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