El pleno del Congreso aprobó incluir en el Código Penal la figura del feminicidio (muerte de una mujer a manos de su pareja), delito que será sancionado con penas no menores de 15 años de prisión ni mayores de 25.
El dictamen, que recoge la iniciativa del Poder Ejecutivo, fue respaldado por 90 votos, mientras que dos congresistas (Martha Chávez y Martín Belaúnde) votaron en contra y 14 se abstuvieron.
El texto aprobado modifica el artículo 107 del Código Penal para precisar que el que, a sabiendas, mata a su ascendiente, descendiente, natural o adoptivo, o a quien es o ha sido su cónyuge su conviviente, o con quien esté sosteniendo o haya sostenido una relación análoga, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 15 años.
Agrega que la pena privativa de libertad será no menor de 25 años, cuando concurra cualquiera de las circunstancias agravantes previstas en el artículo 108, referido al homicidio.
Señala además que si la víctima del delito descrito es o ha sido la cónyuge o la conviviente del autor, o estuvo ligada a él por una relación análoga el delito tendrá el nombre de feminicidio.
Fuente: RPP
y que hay de aquellas mujeres enfermas que tienem hijos para diferentes hombres acaso no esta penado debe haber una ley de castigo para ese tipo de mujeres emfermas hay muchoscasos y al govierno no le importa un pepino sobre los niños