El Tribunal Constitucional declaró improcedente el pedido de aclaración y nulidad de la resolución que declaró fundado el habeas corpus a favor de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, recurso que permitió su posterior excarcelación tras permanecer 13 meses en prisión preventiva. La solicitud fue presentada el pasado martes por el procurador del Poder Judicial a petición de los fiscales del caso Lava Jato José Domingo Pérez y Rafael Vela.
“Se acaba de presentar el pedido de aclaración al Tribunal Constitucional hace 25 minutos. Los argumentos son extensos y los errores o vicios que hemos advertido son varios, pero uno de los más importantes que se ha estado comentando en la prensa y por especialistas en la materia es que para nosotros no habría una sentencia en mayoría válida”, señaló Manuel Palomino, procurador del Poder Judicial.
En la resolución, que lleva la firma de los mismos tres magistrados que votaron a favor de la libertad de Keiko Fujimori, se recuerda que el artículo 121 del Código Procesal Constitucional señala “con toda claridad” que contra las sentencias del Tribunal Constitucional “no cabe impugnación alguna”.
“En tal sentido, el pedido de que se deje sin efecto la sentencia y, por consiguiente, de que se efectúe una nueva votación sobre lo resuelto, que en el fondo encierra una impugnación contra una decisión que ha alcanzado la calidad de cosa juzgada, debe ser desestimado en todos sus extremos”.
“Corresponde señalar que no cabe aclarar ningún concepto ni subsanar cualquier error material u omisión respecto de la sentencia emitida en autos, pues esta no contiene ningún error ni omisión. Asimismo, que es sumamente claro que el resultado de la votación, en relación al derecho a la libertad personal de la favorecida, es, como señala la razón de relatoría”.
Fuente: Perú.com
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